viernes, 15 de abril de 2016

Criterios de admisión de alumnos de primer ciclo de educación infantil

Admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil en centros sostenidos con fondos públicos. Curso 2016/2017
 
Requisitos 
  • Pueden solicitar plaza los padres de los niños cuyas edades correspondan a los niveles de primer ciclo de Educación Infantil residentes en la Comunidad de Madrid, nacidos o cuyo nacimiento se prevea para fecha anterior al 1 de enero del año siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria de admisión.
  • La admisión en estos casos estará condicionada al nacimiento efectivo del niño.
  • Podrá solicitarse plaza para niños en trámite de adopción o acogimiento condicionada a la presentación de la filiación del alumno en el momento de efectuar la matrícula.
Tramitación
  • Plazo de presentación de solicitudes: del 31 de marzo al 15 de abril de 2016 ambas inclusive.
  • Las solicitudes se pueden recoger en cualquier centro de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos o a través de Internet.
 
CRITERIOS DE BAREMACIÓN
 
I. Situación familiar:
a) Existencia de hermanos matriculados en el centro. 2 puntos.
b) Situación de familia numerosa. Categoría general. 2 puntos.
c) Situación de familia numerosa. Categoría especial. 3 puntos.
d) Padres o tutores legales que trabajen en el centro. 2 puntos.
e) Discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% de los padres, tutores legales o hermanos del alumno. 5 puntos.
f) Discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% del alumno. 3 puntos.
 
II. Situación económica:
a) Renta anual igual o inferior al salario mínimo interprofesional. 1,50 puntos.
b) Renta anual superior al salario mínimo e inferior al doble del salario mínimo interprofesional. 1 punto.
c) Renta anual superior al doble del salario mínimo e inferior o igual al triple del salario mínimo interprofesional. 0,5 puntos.
 
III. Situación laboral de los padres o tutores:
a) Padres o tutores trabajando a jornada completa. 7 puntos.
b) Uno de los padres o tutores trabajando a jornada completa y el otro en excedencia por cuidado de hijo, incorporándose en Septiembre. 7 puntos.
c) Un solo progenitor responsable del niño que trabaje a jornada completa. 7 puntos.
d) Uno de los padres o tutores trabajando a jornada completa y otro cursando estudios reglados en horario diurno. 7 puntos.
e) Ambos padres o tutores cursando estudios reglados en horario diurno. 7 puntos.
f) Padres o tutores trabajando a tiempo parcial. 4 puntos.
g) Un solo progenitor responsable del niño que trabaje a tiempo parcial. 4 puntos.
h) Uno de los padres o tutores trabajando a tiempo parcial y otro cursando estudios reglados en horario diurno. 4 puntos.
i) Uno de los padres trabajando o estudiando a jornada completa y el otro trabajando a jornada parcial. 4 puntos.
 
IV. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo:
a) Domicilio familiar o lugar de trabajo situado en el municipio que se ubica el centro. 3 puntos.
b) Domicilio familiar o lugar de trabajo situado en otro municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja distinto al del centro. 1 punto.

 

3 comentarios:

  1. Buenos días Elena, estoy totalmente de acuerdo contigo, debido a que toda esta información está bastante clara en el BOCM. Cabe destacar aquí las numerosas irregularidades que cometen las familias cuando quieren un centro educativo para sus hijos y este no les pertenece. Muchos padres empadronan a sus hijos en la casa de sus abuelos o conocidos con el objetivo de que el niño entre en el colegio que desea, ya que se sigue premiando la proximidad, es decir, se dan cuatro puntos para aquellas familias que soliciten centro en el mismo municipio en el que residan o trabajen los padres. Tener acceso a la sanidad, ventajas fiscales y la escolarización de menores en determinados centros son principales motivos de esta práctica fraudulenta, la cuál tiene penas desde los seis meses a los tres años de cárcel.


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  2. Buenas tardes Elena, me ha parecido muy interesante tu post, ya que estaba enterada de los puntos según la zona en la que estuvieras empadronado, la situación familiar o el número de hermanos, pero del resto no tenía mucha idea y me ha servido de gran ayuda para tener un conocimiento más amplio sobre las admisiones en Educación Infantil.
    Por otro lado, me parece una gran oportunidad el poder admitir a niños que estén en trámites de admisión o acogimiento y que debemos de informar a la gente, porque aunque Educación Infantil no sea obligatorio ayuda al niño a desarrollar muchas de las áreas a trabajar en los siguientes años y facilita a las familias si tienen horarios amplios de trabajo.
    Muchas gracias por tu post, ha sido muy interesante y me ha gustado mucho.

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  3. Víctor completamente de acuerdo contigo cuando hablas de las irregularidades. Pequeñas trampas que pueden hacer que otros niños no consigan plaza. La escasez de plazas en los centros públicos lleva a muchos padres a cometer estas acciones. En estos días no todo el mundo puede pagar un centro privado o concertado (cuidado porque hay algunos que sus cuotas son elevadas!), por no hablar de la calidad que hay en estos centros. Puede que las instalaciones no siempre sean las mejor, pero yo desde luego creo firmemente en la calidad de la educación pública.

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